lunes, 14 de agosto de 2017

¿ERES UN BUEN INQUILINO? (1)






Hoy voy a retornar por estos lares tocando tan álgido asunto.

En anteriores post –concretamente en ¿Eres un buen arrendador? 1 , 2 y 3- describí al detalle las cualidades que acompañan a este.  Pero como es sabido, todo exige correspondencia, más aún tratándose de un bien inmueble que se entrega para un uso normal y cuidadoso. Por ello, y fiel a mi costumbre, desarrollaré el tema a modo de reflexión para que todos y cada uno –yo misma, ya que también soy arrendataria junto con mis hermanos- hagamos una introspección y podamos responder a la pregunta de rigor: ¿ERES UN BUEN INQUILINO?

Comencemos por el principio:

1. El Buen Inquilino analiza primero su presupuesto para saber con qué recursos cuenta en realidad.  Y esto es válido para todos los que buscan una propiedad, sea con el fin de compra o alquilar. Sobre esta base calcula objetivamente cuáles deben ser sus expectativas en lo que a renta mensual, mantenimiento y servicios se refiere.  E instruye a su agente inmobiliario para que únicamente busque aquello que está en condiciones de solventar.

Debo afirmar que, en mi trayectoria profesional, me he encontrado con personas muy responsables en esta materia, salvo una excepción que devino en morosidad por causales no esperadas, pero que igual debieron ser previstas. En líneas generales, los clientes con los que me ha tocado tratar han sido muy estrictos en lo proyectado para alquilar y tomaban en cuenta los tres pagos arriba mencionados.  Y es que el Buen Inquilino nunca acepta unos costos que no le será posible asumir durante la vigencia de su contrato, amén de que es muy sincero al momento de negociar la merced conductiva.

Sobre el particular hago una salvedad: Es común rentar una vivienda en zonas lejanas al propio centro de trabajo y/o al colegio de los hijos por causa de un presupuesto ajustado. Y no siempre es la mejor elección.  El Buen Inquilino sopesa el costo-beneficio y no tiene miedo de gastar más en alquiler o mantenimiento, haciendo simplemente un traslado de costos de lo que se invierte en dinero y tiempo para movilizarse él y los suyos.  Y si le es posible, renta una propiedad que le permita llegar a pie a donde labora y/o estudian sus vástagos.  La Vanidad de exhibir el vehículo de moda–en caso de tenerlo- u otros considerandos triviales los hace a un lado en aras de un auténtico beneficio para su Familia y del cumplimiento de sus deberes laborales. ¿Y qué ganará con todo esto su arrendador? En que al ahorrar costos innecesarios el Buen Inquilino gozará de mayor liquidez, y estará en mejores condiciones de cumplir sus obligaciones como arrendatario. Lo digo por experiencia personal. (1)  


2. El Buen Inquilino facilita toda los datos pertinentes sobre su persona y a los suyos. Aquí sí tengo que ser muy clara: ¡Desconfiad de los prospectos con secretismos, lectores míos! Una cosa es la reserva de ciertos datos por razones de seguridad -el total de los ingresos familiares, por ejemplo-  y otra muy, pero muy distinta es negarse a dar el nombre de dos o tres conocidos que avalen la propia honorabilidad o poner mala cara cuando se  pide informe Infocorp, (2) siendo así que hoy dicho reporte lo consigue cada cual gratis por vía on line y con solo dar nombre y DNI. La excusa de ser un ejecutivo muy importante que teme ser secuestrado no vale, ya que las personas realmente "importantes" suelen tener viviendas propias y no tienen necesidad de arrendar ni siquiera una oficina.  

Sobre el particular he de decir que en muchas ocasiones -yo diría demasiadas- los arrendadores comunes se dejan deslumbrar por el extranjero, y creen que solo por serlo el candidato está acreditando probidad y solvencia. Digámoslo de una vez sin ambages ni rodeos: La idoneidad de las personas no se mide ni por su DNI, ni por su Carné de Extranjería y menos por darse ínfulas de pertenecer al colectivo de los rubios, ricos y famosos. ¡Oh, no!  ¡Claro que no! Platinado o con rizos de oro, el prospecto igual ha de presentar estos infaltables documentos: DNI, Carné de Extranjería o Ficha RUC y Vigencia de Poder -estos últimos en caso de ser persona jurídica-, así como los documentos fehacientes que acrediten que podrá pagar con puntualidad la renta pactada. A tales efectos, se acostumbra pedir las 6 últimas boletas de pago con certificado de trabajo, recibos por honorarios o facturas, según la modalidad dependiente o independiente que ejecuta el solicitante. Asimismo, resulta imprescindible la referencia de dos o tres conocidos que no tengan reparo en garantizar la honestidad del candidato. Por cierto, ¿es necesario solicitar un aval que demuestre solvencia? Con personas naturales siempre es recomendable, así el D.L. 1177 y su Reglamento (3) técnicamente ya no lo hagan necesario. Tratándose de personas jurídicas los activos de la misma empresa son el respaldo.


3. El Buen Inquilino pide información detallada sobre el Reglamento del condominio y/o calle donde se ubica el inmueble.  Presta especial atención a todo lo concerniente al servicio de portería y/o vigilancia, uso de ascensores, entrega de correspondencia o deliverys, recojo de desperdicios, restricciones... Se muestra presto a cumplir sus futuros compromisos y en caso de no estar de acuerdo con las normas, simplemente desiste del alquiler, sin exhibir poses de diva ofendida. Sabe RESPETAR y no se le ocurre ni por asomo que los residentes tendrán que amoldarse a su estilo de vida, en especial si el departamento que pretende arrendar se ubica en un edificio donde habitan niños y ancianos.

Amables lectores, la Permisividad está pasando carísima factura en todos los estamentos sociales. Hoy por hoy tenemos unas extravagancias antes impensables, desde confundir una vivienda con una cantina u hostal no residencial -haceos cargo de los etcéteras sobreentendidos-, hasta dar a los chanchos el status de mascotas domésticas, que así ocurrió con mis antiguos vecinos del décimo piso aquí en El Derby. (4)  El Buen Inquilino entiende que habrá de adaptarse a las normas estipuladas por el propietario y a las restantes señaladas en el Reglamento, no tuerce el gesto ante las mismas y menos se le ocurre lloriquear en las redes sociales, quejándose de ¡discriminacióóóóón!!! por no permitírsele esto o aquello.   Desde el primer contacto, el Buen Inquilino manifiesta MADUREZ EMOCIONAL y entiende que cada cual manda en su casa y establece para esta las reglas que mejor le parezcan.


4. El Buen Inquilino acepta sin problemas que en el contrato de alquiler se estipulen Cláusulas de Control.   No le molesta aceptar que el propietario le visitará previa coordinación, ni que estará en la obligación de enviar por mail los recibos de mantenimiento, servicios y arbitrios;  y menos el tener que avisar alguna modificación que piense hacer en el inmueble. Se muestra llano a colaborar para que el arrendador se sienta tranquilo y con la seguridad de que su propiedad quedará en buenas manos.

Cabe destacar que si bien las cláusulas arriba mencionadas son de rigor, no faltan quienes manifiestan descontento porque les piden demasiado.  Pretextos como "no tengo tiempo para recibir visitas", "no sé manejar una impresora" o "si no confía en mí, mejor lo dejamos ahí", son claro indicio de una personalidad conflictiva y un inquilino así no es conveniente, aunque varee la plata, luzca un rolex y se movilice en helicóptero.  Sé de casos en que los propietarios -en especial si se trata de adultos mayores- llegan hasta sentir miedo del intratable arrendatario, a quien nunca debieron aceptar como tal. Y no hace ni cinco minutos acaba de llegarme el correo de una colega en el que nos pregunta si conocemos a un "abogado enérgico" para modificar reglamento y retirar a un indeseable que alquiló ¡en edificio A1!!!  Contrariamente a la actitud de patanes de esa laya, el Buen Inquilino hace gala de una deferente cortesía hacia todos, al tiempo que manifiesta especial consideración con los arrendadores ancianos; e incluso- si el tiempo y la distancia lo permiten- se compromete a entregar en el domicilio de estos los recibos debidamente cancelados.


Lectores míos, ¿nos hemos visto reflejados en los rasgos del Buen Inquilino arriba detallados? Espero de todo corazón que sí. Y si no, habremos de ver en qué estamos fallando, pues de otra manera no seremos los mejores prospectos, y no habrá de extrañarnos que justo el inmueble que tanto nos gustaba"ahorita se acaba de alquilar". No sería mala idea, señores, que nos miremos al espejo y veamos con objetividad qué impresión estamos dando a nuestro futuro arrendador, para así corregir lo que nos sea necesario corregir.

Continuaré con el tema en el próximo post.  Entretanto y como siempre, espero sus amables opiniones en este mismo blog o en  Facebook.


Notas aclaratorias
(1) Hubo un tiempo en que erróneamente creía ahorrar viviendo en una habitación con baño independiente, siendo así que mis gastos en alimentación, lavandería y movilidad -amén del tiempo que perdía para llegar a mi trabajo en la otrora aseguradora Altas Cumbres- eran exorbitantes.
(2) Hoy se le conoce como reporte Equifax.
(3) Tómese en cuenta además que esta ley rige únicamente para casos de arrendamiento de vivienda.
(4) El hecho lo conté con detalles en el post ¿Eres un buen arrendador? (1)