sábado, 30 de marzo de 2019

ALQUILER DE ESTACIONAMIENTOS (2)






Hoy continuaremos con el tema del alquiler de estacionamientos dentro de casas familiares.

Convengo, amables lectores, que parezco empeñada en escribir de cuando en vez y dejar los temas a medio tratar. No es mi intención mantener en ascuas a nadie, y mi prolongada ausencia de casi un mes se debe a que estoy con exceso de trabajo, a Dios gracias muy productivo. Conque retorno al alquiler de las garajes en cuestión, solo que ahora vamos a centrarnos en las formalidades que han de acompañar al contrato de arrendamiento. Huelga decir que aplica perfectamente para cualquier tipo de cochera que se pretenda ofertar.

La imagen de arriba nos muestra dos cocheras paralelas. La escogí porque en líneas generales refleja buena parte de las recomendaciones que hice en el artículo anterior. Y creo que no peco de exagerada al insistir en que tal espacio ha de ostentar seguridad y pulcritud, así como ausencia absoluta de cualquier tipo de cachivaches. Y no solo por necesidad de ingreso extra. Dicen que no basta ser bueno, sino parecerlo. Indudablemente, otro tanto supone el decoro del propietario.

Pero vayamos al punto. ¿Es necesario un contrato para alquiler de estacionamientos? La respuesta es Sí.  Requetesí, para ser exactos. Y el contrato ha de ser impreso y debidamente redactado, no producto de un simple acuerdo verbal. Muchos ignoran que alquilar un espacio dentro de un predio conlleva los mismos efectos de un arrendamiento común, ya que el inquilino pasa a tener la posesión de dicho ambiente. Y menudo problema puede surgir si las cosas no se estipulan bien desde el principio, en especial si el mencionado espacio forma parte del área techada. Convendrán entonces conmigo, amables lectores, que es imprescindible tomar ciertas medidas precautorias. Van abajo las que considero necesarias:


1. Alquilar preferentemente a una persona conocida y de la zona. Salvo excepciones puntuales, sería muy extraño que alguien ajeno al barrio se empeñara en arrendar cochera para su vehículo.. Si se diera y el candidato no diera razones puntuales, habría que descartarlo más rápido que volando. Y, dado que de un tiempo a esta parte la modernidad nos sobrepasa, es aconsejable averiguar los antecedentes del interesado, en especial las relativas a sus costumbres. De más está decir que al aficionado al licor hay que negarle el pase, pues en estado de ebriedad puede hacer colisionar su vehículo contra la puerta o muro del garaje.

2. Anexar al contrato de alquiler la fotocopia del DNI, la tarjeta de propiedad y el brevete. Pienso que estos documentos deben solicitarse así el nuevo arrendatario sea el sobrino favorito. Y será muy fácil verificar si en verdad es el propietario del vehículo en cuestión ingresando a Consulta Vehicular en la web de la SUNARP.  Precisamos recordar que no se debe admitir que el inquilino introduzca en el predio un carro que no le pertenece, por muy amigo que sea del dueño del mismo. Ni tampoco recomiendo aceptar que ostente un brevete vencido.

3. Establecer una vigencia de un año.  Esta habría de ser la regla general y con cláusula de posible renovación, ya que conviene mantener al mismo inquilino de confianza. Con todo, no hay que desdeñar si viene un alquiler temporal de emergencia cuando la cochera está sin uso, ya que más vale el 20% de algo que el 100% de nada. Sin ir más lejos y antes de mudarnos a Higuereta, mi hermano Andrés arrendó un estacionamiento por doce días, que fue el tiempo que estuvimos en el departamento de mi primo (1). El precio pactado fue el prorrateo de S/ 200.00, que era el precio de la renta mensual. Y fue estupendo, dado que se ubicaba en el mismo edificio donde nos hospedábamos.

4. Pactar un mes de adelanto y uno de garantía. ¿Y por qué garantía, si no se trata de un área habitable? Uno, por precaución en caso de mora en el pago. Pero también ha de tomarse en cuenta que un estacionamiento siempre puede quedar deteriorado por el uso, desde manchas de aceite en el suelo hasta raspones en la pared por los aditamentos del vehículo. Y si -como recomendamos en el artículo anterior- se han instalado topes, preciso será darles mantenimiento siquiera una vez al año. 

5. Verificar si el automóvil cuenta con algún seguro. Alguien por ahí dirá que me estoy poniendo exquisita. Mas creo prudente precauciones de este tipo. Consulté con una antigua colega de Seguros (2) y me confirmó lo siguiente: Un estacionamiento es un área específica para aparcar o guardar un vehículo, por lo cual se considera dentro de lo que se conoce como "zona autorizada de tránsito". En consecuencia, SOAT y cualquier otro seguro del ramo se activarían en caso de accidentes que afecten personas y patrimonios. Ella misma se vio en un caso similar dentro del estacionamiento de Rimac Seguros, para variar,  y su póliza cubrió las averías. Recuérdese, además, que la cobertura principal de un seguro de vehículos es la Responsabilidad Civil, no el daño propio que pueda tener el automóvil en caso de siniestro. 

Como punto final, reafirmamos que arrendar cocheras es una excelente oportunidad de rentabilizar el propio predio. En la zona donde resido muchos lo hacen desde hace tiempo, incluyendo aquellos que viven en edificios. Bueno será que los propietarios de una casa antigua evalúen rentar dichos espacios, con mayor razón si tienen un área lo suficientemente amplia como para albergar más de un vehículo. Es un alquiler simple y, con las providencias del caso, conlleva riesgo mínimo de problemas con el arrendatario.

¿Están de acuerdo conmigo?

Como siempre, espero sus amables opiniones en este blog o en Facebook.


Notas aclaratorias:
(1) En doce días tuvimos dos mudanzas. ¿Cómo sobreviví? ¡Dios y su gracia!
(2) Mi especialidad fue Asistencia Médica, no seguros de vehículos.


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