sábado, 28 de junio de 2014

SE VENDE: ABSTENERSE CORREDORES (PARTE 1)







Me temo que con este artículo no voy a tocar carne, sino médula.

   ¿Cuántas veces los Agentes Inmobiliarios nos hemos encontrado con esta declaración, por la que nuestros servicios quedan formal y solemnemente excluidos?  ¡Tardaríamos semanas en sacar la cuenta!!!  Basta darse una vuelta por las calles y ver letreros como el de arriba, o bien avisos periodísticos clasificados de igual contenido.  Con todo, los sufridos agentes tenemos el coraje de tocar la puerta o llamar al teléfono.  En lo personal debo reconocer que me han tocado personas muy educadas, que gentilmente me dijeron: No.  Pero otros no han tenido la misma suerte. No pocos colegas relatan experiencias realmente desagradables, en la que recibieron  un portazo en las narices o una tirada del fono, con el plus de unos improperios dignos de “La Flor de La Canela”.   ¡Gajes del oficio!,  nos dirán. Y respondo: No, señores. Nada justifica el maltrato a quienes honestamente se ganan el pan,  ayudando a otros en el engorroso proceso de compra-venta de un inmueble.  Mas no es la Vulgaridad Ciudadana el tema de este artículo, por tanto, dejémosla por hoy.


   El hecho preocupante es que muchos Propietarios – tal vez demasiados -,  sin tener el  menor conocimiento y guiados más por la subjetividad o el apremio económico, ofertan sus viviendas ellos mismos,  especulando precios y exponiéndose imprudentemente a estafas,  hurtos, asaltos , secuestros y otros.  En honor a la verdad, hemos de reconocer que - como familia – al principio nosotros también cometimos tan peligroso error.  ¿Por qué?  Simple: Igual que al común de los mortales, se nos hacía muy cuesta arriba pensar que un corredor “se la iba a llevar fácil”.   Seamos sinceros:   No se le desea el mal a nadie,  ¡pero cuánto duele pagar un porcentaje del precio de venta, en especial si la operación culmina en un tiempo relativamente corto!!!!   ¡Solo de pensarlo, se encogen corazón y bolsillos!  Nombre tiene esta tendencia: Egoísmo, el cual suele empañar nuestros sentimientos y obnubilar nuestra razón hasta en contra de nuestros propios intereses.  

    Pero hay que ponerle freno, porque puede pasar muy cara la factura.


   Vender un inmueble no es tarea de improvisados. Estamos hablando de un Patrimonio, que tal vez sea el único que posee la Familia. Tratándose de una casa antigua o de un departamento sin sanear, el riesgo es doble.   Y cuando se es ignaro en la materia - como en su momento lo fuimos nosotros–,  habrá que darse por bien servido cerrando la venta después de un año,  sin perjuicios que lamentar.  Mas el desgaste físico y emocional será inevitable y las relaciones familiares pueden verse seriamente afectadas, tal como vimos en el post  ¿Ha llegado el momento de vender nuestra casa?.  Es humanamente imposible actuar con soltura ante lo que se desconoce.   Y una tremenda ingenuidad  pensar que contando, con un Abogado cercano, la Familia tiene todo a su favor, ya que el Derecho Inmobiliario es una especialización. Y si como es frecuente, este pariente o amigo no percibe honorarios profesionales por sus servicios, mal va a poder exigírsele eficacia y celeridad en su trabajo. 

    Haciendo un paréntesis, quiero dejar claro que no es mi intención menospreciar a los profesionales del Derecho, porque además de ofender a los Abogados que nos honran con su confianza, sería insultar la memoria de nuestro padre, quien incluso presidió una Comisión de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima.   Sin embargo, desde nuestra propia experiencia como familia inversionista y luego ya como corredores,  ¡cuántas ventas hemos visto caer en la misma Notaría, por causa de un abogado que no manejaba el tema inmobiliario!    Jamás me olvidaré de ese cliente, cuyo inexperto asesor legal le alertó contra los créditos hipotecarios, porque “podía morir la esposa y por tanto la deuda con la constructora iba  a quedar pendiente”.   ¿Ignoraba este señor que en el Perú un crédito hipotecario no es de libre disponibilidad, que el cheque de gerencia se emite a nombre del Vendedor, y que es obligatorio tomar un Seguro de Desgravamen a favor de la entidad financiera en previsión de la muerte o invalidez de los deudores?  Pues… sí.  ¡Por increíble que parezca!!!  Fue muy incómodo hacérselo notar al Comprador, porque dicho asesor era su amigo. Pero había una obligación que cumplir.


   Erróneamente se piensa que un Abogado es conocedor de todas las leyes.  ¡Hay quienes incluso creen que el sobrino, por ser especialista en Derecho Penal, es el más indicado para correr el inmueble!   Y sobrinos hay que por no desairar a los tíos, aceptan tamaña responsabilidad y a la hora de la verdad no saben leer ni un Certificado de Parámetros Urbanísticos (1). Más de una vez he conversado con estas personas: Su generosidad es ejemplar,  pero flaco favor hacen a pesar de su buena voluntad.   Se les pregunta por la Zonificación Residencial Densidad Baja (2)  y responden que el lugar es muy tranquilo, que el Serenazgo  ronda con frecuencia  y que en la misma calle tienen de todo, comenzando por la bodega, pasando por el restaurante y terminando por la peluquería.  Lo peor es que su palabra será acatada por los Propietarios como ley divina. ¡No quiero imaginar la catastrófica negociación cuando por ahí aterrice un “comprador” sin escrúpulos! 


  En el Perú hay algo primordial que no suele tomarse en cuenta: La Gestión Inmobiliaria es por esencia una actividad multidisciplinar, pues en ella concurren varias especialidades: Derecho, Arquitectura, Banca, Seguros, Tasaciones, Psicología, Marketing y Publicidad, Ventas, Informática, Contabilidad, Decoración de Interiores… Supone una gran inversión de tiempo, dinero y esfuerzo por parte del Agente y una constante actualización en Reglamentos, Ordenanzas, Tributación.  Está sujeta además, a las Normas de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (3), lo cual obliga a efectuar una verdadera actividad detectivesca para hacer filtros, no sea que Propietarios, Compradores y Agentes acabemos todos citados en la Fiscalía.  ¿Preciso mencionar algún caso en particular? El inteligente lector sabe que no. 

  Vistos todos estos considerandos,  cabe preguntarse: Los ciudadanos comunes y corrientes ¿están preparados para afrontar solos el proceso de venta de su propiedad?  ¿Pueden sustentar técnicamente  el precio que piden por el predio?  ¿Saben lo que se debe hacer cuando los datos de la Declaración Jurada del Autoavalúo o los del DNI no coinciden con lo inscrito en Registros Públicos?  ¿Cuentan con  la infraestructura necesaria para filtrar a los posibles interesadoso simplemente van franquear la entrada  a todos aquellos que toquen la puerta? 

SE VENDE:
ABSTENERSE CORREDORES.

He aquí una invitación para asaltantes y estafadores. Y una ayuda eficacísima  generar la sobrevalución y consecuente retraso en la compraventa de inmuebles. Más claro: para que Vendedores y Compradores vayan en contra de sus propios intereses.



NOTAS ACLARATORIAS

(1) Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios: Documento que expide la Municipalidad del Distrito, en el cual se especifican las "Disposiciones técnicas y legales resultantes de los planes de desarrollo urbano que regulan el diseño y las condiciones técnicas de los proyectos de habilitaciones urbanas y/o las edificaciones " (Norma G.040-Definiciones-Reglamento Nacional de Edificaciones)

(2) Residencial Densidad Baja (RDB): Zona urbana de poca población, en cuyo suelo solo puede construirse casas y edificios pequeños exclusivamente para vivienda. 

(3) Normas de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo: Ver información completa en este enlace de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

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